jueves, 30 de julio de 2009

RECOMENDACIONES DE ACTUACION EN LOS C. PENIT. ANTE CASOS DE GRIPE A/H1N1

.CRITERIOS DE ACTUACION EN LOS CENTROS PENITENCIARIOS ANTE CASOS DE GRIPE A/H1N1.
Actuaciones informativas:
Se dará la máxima divulgación de la información a los empleados públicos sobre medidas preventivas o pautas de actuación sobre la Gripe A. Se expondrán las recomendaciones – sólo el Anexo 8 – en los tablones de anuncios, igualmente se expondrán carteles o folletos informativos que han publicado las Comunidades Autónomas.
Se convocará en breve el Comité de Seguridad y Salud de cada centro, es imprescindible que asista el subdirector médico / médico al Comité, (aunque no pertenezca al Comité, puede asistir en calidad de asesor de la Administración o como persona con especial cualificación, esto está previsto legalmente). Igualmente, se convocará a los delegados sindicales de cada centro, y en la medida de lo posible un Técnico de Prevención del SPP.
.- En dicha reunión el facultativo expondrá:
o Las recomendaciones de actuación en los centros penitenciarios, tanto en el caso de que aparezca un caso aislado (interno) y en el caso de que aparezca un brote.
o Exposición de las medidas básicas de prevención y control: Lavado de manos y medidas generales de higiene, higiene respiratoria, utilización de guantes..etc.
o El uso de mascarillas: Los empleados públicos no precisan llevar mascarillas con carácter general, siguiendo las recomendaciones del Ministerio de Sanidad y Política Social. Se utilizarán mascarillas quirúrgicas cuando se esté en contacto con internos que se encuentren enfermos. Únicamente cuando se realicen procedimientos médicos que generen aerosoles se utilizarán protectores respiratorios FFP2, siguiendo las recomendaciones del precitado Ministerio.
o Si un empleado penitenciario se encuentra con síntomas acudirá a la red asistencial a la que esté acogido ( ASISA;ADESLAS…etc), y serán los médicos quienes realicen el seguimiento y determinarán la medicación que precise. No debiendo solicitar esta prestación al personal sanitario del centro.
o La medicación antiviral se debe administrar cuando el médico que haga el seguimiento de la enfermedad del empleado público lo considere necesario, no se trata de medicación preventiva que deba el trabajador autoadministrarse ni solicitar a los sanitarios del centro.
Otras cuestiones que deben ser abordadas en el Comité de Seguridad y Salud de cada centro:
Cuando un interno presente sintomatología compatible con la gripe A, se informará al Comité de Seguridad y Salud de ello. Igualmente, se les notificara en el menor tiempo posible, en el caso de que se trate de un brote, y en esta reunión se establecerá el modo y periodicidad de trasmitir la información.
El empleado público voluntariamente puede notificar al centro penitenciario, si su ausencia al puesto de trabajo es debida a un supuesto caso de gripe A. En este caso se determinará el modo de transmitir la información bien a través de los Delegados de Prevención y/o directamente a los trabajadores (concretamente a su grupo de trabajo/ compañeros que trabajan habitualmente con él) .
Cuestiones organizativas:
A fecha de hoy, se consideran grupos de población de alto riesgo de complicaciones por gripe A los siguientes:
.- Trabajadoras embarazadas.
.- Empleados públicos que tengan enfermedades crónicas: cardiovasculares (excepto la hipertensión), o pulmonares ( incluyendo el asma),enfermedades metabólicas ( incluyendo diabetes mellitus), insuficiencia renal, enfermedad hepática crónica, inmuno supresión, obesidad .
- Las trabajadoras embarazadas y durante el periodo de lactancia, desempeñarán su puesto de trabajo en lugares de menor riesgo (no tendrán contacto con la población interna)
.- En el supuesto de que exista un módulo o zona de aislamiento. Siempre que las necesidades del servicio lo permitan, los trabajadores que se encuentren en estos grupos de población de riesgo, no prestarán servicio en los “módulos o zonas de aislamiento por gripe A” y se procurará que no tengan un contacto directo con internos enfermos.
Igualmente, mientras que en el centro penitenciario se establezcan módulos o zonas de aislamiento por la gripe A, se procurará evitar la rotación de empleados públicos que prestan servicios en dichos módulos.
En el supuesto de que la enfermedad se encuentre en todos los módulos del centro, se adoptarán las siguientes medidas:Se procurará que los grupos de riesgo desempeñen su puesto de trabajo en los lugares de menor riesgo, y en la medida de lo posible, sin contacto con la población interna.
Caso de que un trabajador este enfermo, medidas a adoptar con el resto de los compañeros.
Ningún trabajador enfermo debe estar en el puesto de trabajo, si durante el desempeño del puesto se encuentra con síntomas, acudirá a su médico.
Se informará de la situación a los trabajadores que hayan estado en contacto con él (sin identificar al trabajador enfermo), con la finalidad de que tomen medidas de autoobservación tales como: presencia de malestar general, control de temperatura, dolor de cabeza, y otros síntomas.
Se procurará que los compañeros que han estado con el trabajador enfermo no roten y en la medida de lo posible que no cambien de grupo, al objeto de que disminuya el número de trabajadores expuestos.• Se evitará en la medida de lo posible que los trabajadores coman en el módulo.
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